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Generador de convocatoria de junta de propietarios
Rellena los datos básicos de la comunidad, añade el orden del día y obtén una convocatoria lista para copiar, descargar en Word o guardar en PDF.
CONVOCATORIA DE JUNTA ORDINARIA DE PROPIETARIOS Comunidad de Propietarios Calle Ejemplo 12 Calle Ejemplo 12, Madrid Por indicación de la Presidencia, María García López, se convoca a los propietarios a la junta ordinaria de la comunidad, que se celebrará el día 15 de julio de 2026 en portal de la finca, a las 18:30 en primera convocatoria y a las 19:00 en segunda convocatoria. Actuará como secretario/a quien corresponda conforme a los cargos vigentes de la comunidad. ORDEN DEL DÍA 1. Lectura y aprobación, si procede, del acta anterior 2. Aprobación de cuentas del ejercicio anterior 3. Aprobación del presupuesto y cuotas del nuevo ejercicio 4. Ruegos y preguntas PROPIETARIOS CON DEUDAS VENCIDAS A efectos del artículo 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, se hace constar que figuran con deudas vencidas con la comunidad, salvo error u omisión, los siguientes propietarios o fincas: - 2º B - Local 1 Se advierte de que, si al iniciarse la junta no se encuentran al corriente de pago y no han impugnado judicialmente la deuda ni consignado la cantidad debida, podrán participar en las deliberaciones pero no tendrán derecho de voto. Se recuerda que los propietarios podrán asistir personalmente o debidamente representados, conforme a la Ley de Propiedad Horizontal. En Calle Ejemplo 12, Madrid, a 1 de julio de 2026. Fdo.: La Presidencia María García López
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Qué debe contener la convocatoria
La convocatoria debe indicar quién convoca, el lugar, día y hora de la junta en primera y segunda convocatoria, y los asuntos que se tratarán. Si hay propietarios con deudas vencidas, debe incluirse la relación y la advertencia de privación del derecho de voto cuando proceda.
Si convocan propietarios promotores, conviene haber requerido antes al presidente y dejar constancia de su inactividad durante un plazo prudencial.
Esta herramienta no sustituye revisar estatutos ni acuerdos internos. Si la junta va a aprobar una obra cara, modificar estatutos o iniciar acciones judiciales, deja el punto del orden del día muy claro para evitar impugnaciones.
Fuentes oficiales
Generador basado en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal: artículos 15 y 16, texto consolidado del BOE, y en el criterio del Tribunal Supremo sobre la convocatoria subsidiaria por promotores. Consultado el 19/06/2026.
Ver texto consolidado en el BOEVer resumen oficial del Tribunal Supremo
Preguntas frecuentes
¿Con cuánta antelación hay que convocar la junta de propietarios?
La junta ordinaria debe convocarse con al menos 6 días naturales de antelación (artículo 16.3 de la LPH). Para las extraordinarias no se fija un plazo cerrado, pero debe darse el tiempo suficiente para que los propietarios puedan conocer la convocatoria y asistir. La herramienta te avisa si las fechas no cuadran.
¿Qué debe contener la convocatoria?
Quién convoca, el lugar, día y hora de la junta en primera y segunda convocatoria, y el orden del día con los asuntos a tratar. Si hay propietarios con deudas vencidas, debe incluirse su relación y la advertencia de privación del derecho de voto cuando proceda (artículos 15 y 16 de la LPH).
¿Pueden convocar los propietarios si el presidente no lo hace?
Sí. Cuando la presidencia no convoca, un grupo de propietarios promotores legitimados puede hacerlo de forma subsidiaria. Conviene haber requerido antes al presidente y dejar constancia de su inactividad. En la herramienta puedes elegir que convoque la presidencia o los promotores.
¿Se guardan los datos que escribo?
Sí, pero solo en tu propio navegador (almacenamiento local) para que no pierdas la convocatoria si recargas o vuelves más tarde. No se envían a ningún servidor ni los vemos nosotros. En un ordenador compartido, borra los datos del navegador al terminar.
Este modelo es orientativo. Adáptalo a los estatutos, a los cargos vigentes y al sistema de notificación que use vuestra comunidad.